Cuándo declarar

Debes comunicar al Catastro cuando se produce la demolición total o parcial de una construcción:

  • Derribo total: el edificio o construcción desaparece completamente
  • Demolición parcial: se elimina parte de la construcción (una planta, un cuerpo anexo, etc.)
  • Ruina o siniestro: incendio, derrumbe, etc. que destruye la construcción

Por qué importa

  • IBI: si la construcción ya no existe, no deberías seguir pagando IBI por ella
  • Valor catastral: el valor del inmueble baja al desaparecer la construcción
  • Coherencia registral: para que los datos catastrales reflejen la realidad

Cómo hacerlo

  • Modelo 902N: declaración catastral (mismo modelo que para obra nueva, marcando "demolición")
  • Documentación: licencia de demolición (si existe), fotografías del estado actual, descripción de lo demolido
  • Plazo: 2 meses desde la demolición

Se presenta en la sede electrónica del Catastro o presencialmente en las Gerencias.

Casos especiales

  • Ruina sin derribo efectivo: si el edificio está en ruina pero no se ha derribado materialmente, el Catastro puede no aceptar la baja hasta que desaparezca físicamente
  • Demolición para nueva construcción: si vas a construir de nuevo, muchas veces se tramita todo junto (baja de lo antiguo + alta de lo nuevo)

Consejo

Si has derribado una construcción y sigues recibiendo el IBI por ella, comprueba en la sede del Catastro si todavía figura. Si es así, presenta la declaración de demolición lo antes posible para evitar seguir pagando por algo que ya no existe.

¿Te ayudamos a declarar una demolición?

En Administración Online preparamos y presentamos declaraciones de derribo o demolición ante el Catastro.